Al llegar a este punto clave del proceso de venta, puede afirmarse que se ha alcanzado un avance significativo. La operación avanza en una dirección favorable, reflejando el cumplimiento de hitos esenciales que evidencian un progreso sólido. Esta etapa no solo consolida el éxito de la fase de presentación y oferta, sino que da paso a un momento estratégico determinante: la negociación. Desde Smarthome, inmobiliaria especializada en el mercado residencial en Palma de Mallorca, entendemos la importancia de esta fase para garantizar un resultado óptimo.
Acuerdo de Reserva y Depósito
Se puede firmar este contrato privado en los casos que el comprador quiera mantener
la propiedad fuera del mercado por unas pocas semanas o días, mientras se decide
y/o realiza la investigación sobre la propiedad. Para formalizar la reserva, además
de la firma de éste, se suele entregar una pequeña señal como gesto de buena fe.
Contrato de Arras
Una vez que el comprador decide adquirir la propiedad en firme, y previo a la transmisión
de los derechos, se suele firmar un Contrato Privado de Arras, habitualmente usado
mientras el adquirente consigue la financiación económica. Este tipo de contrato incluye
toda la información relevante de la propiedad, junto con los acuerdos y condiciones
pactados entre las partes.
Podemos distinguir tres tipos de contrato de arras:
Arras Penitenciales
Es el más usado y las cláusulas que lo diferencian son las siguientes:
• Supone el pago de un porcentaje del precio de la compra en concepto de depósito.
• Se obtiene un plazo entre 1 a 3 meses, a cambio del depósito.
• Suele estar sujeto a la cláusula de obtención de la financiación. Aunque este punto no sea
preceptivo en el contrato de arras, lo usual es incluirlo para mayor seguridad en el supuesto
que los bancos no aprueben la financiación. En ese caso, el vendedor nos tendrá que
devolver el porcentaje de la reserva, ya que este hecho no es imputable al comprador.
• Si el comprador se retracta de la compra, por causas a él imputables, perdería el depósito.
• Si el vendedor se retracta de la venta, tendrá que pagar al comprador
el doble de la cantidad del depósito entregado.
Arras Confirmatorias
Funcionan como un anticipo y expresión de la vinculación del contrato de
compraventa de inmuebles, no dando lugar a la posibilidad de resolver la obligación
contraída. Es decir, la compraventa de inmuebles se realizará en todo caso.
Arras Penales
Funciona de la misma forma que las arras penitenciales, pero en este caso,
independientemente del cobro del depósito, las partes pueden exigir, si
quieren, la formalización del contrato de compraventa de inmuebles.

Firma de las Escrituras Públicas ante Notario
Con este paso se llega a la culminación de la transmisión de la vivienda al comprador. El día de la firma de las escrituras públicas, el notario solicitará lo siguiente:
- DNI o NIE de todas las partes involucradas (comprador y vendedor)
- Escritura de propiedad actualizada.
- Nota simple del Registro de la Propiedad.
- Certificado de estar al corriente de pago de la comunidad de propietarios.
- IBI. ultimo recibo del pago.
- Certificado energético (en vigor).
- Cédula de habitabilidad (en vigor)
- Estado civil, régimen matrimonial y domicilio
- Documento de aceptación de la herencia (si es el caso)
- Poder notarial (si alguien acude un representante del vendedor)
- Título de la propiedad
- Documento que acredite el pago de los suministros
- Certificado de deuda hipotecaria pendiente y si la hay, solicitar su cancelación.
En definitiva, la fase de negociación constituye un momento decisivo dentro del proceso de compraventa, en el que la estrategia, la experiencia y el conocimiento del mercado resultan determinantes. Una gestión adecuada en esta etapa permite consolidar los avances logrados y avanzar hacia un cierre seguro y eficiente de la operación. En este contexto, el respaldo de un equipo especializado como Smarthome, inmobiliaria con amplia experiencia en el mercado residencial de Palma de Mallorca, aporta valor añadido y seguridad en la toma de decisiones.
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